Nuevas clases de aeronaves no tripuladas EagleDron

Con fecha de ayer, 20 de julio de 2020, se ha publicado una nueva modificación del Reglamento Delegado 2019/945 (UE). En él, se introducen dos nuevas clases de aeronaves no tripuladas (UAS).

En concreto se ha publicado el Reglamento Delegado (UE) 2020/1058 de la Comisión de 27 de abril de 2020 que podéis descargar haciendo click sobre el texto.

¿Qué dice la nueva modificación del Reglamento Delegado sobre UAS?

El texto modifica determinados preceptos del Reglamento anterior, incorporando dos nuevos tipos de UAS. Para ello, atiende diferentes puntos relacionados y que se ven afectados por el cambio realizado. De esta manera, aborda las siguientes materias:

  • Aeronaves.
  • Armonización de legislaciones.
  • Certificaciones.
  • Comercialización.
  • Componentes de vehículos.
  • Navegación aérea.
  • Vehículos No Tripulados.

¿Cuáles son las dos nuevas clases de aeronaves no tripuladas?

En el anterior Reglamento (2019/945 (UE)), se establecían cinco sistemas de aeronaves: C0, C1, C2, C3 y C4. Con la publicación del 20 de julio de 2020, se introducen dos clases adicionales, la C5 y la C6.

CLASE C5:

Las aeronaves de este etiquetado deberán de cumplir los mismos requisitos que las aeronaves de clase C3 a excepción de:

  • Tener una altura máxima alcanzable superior al punto de despegue limitada a 120 m o estar equipado con un limitador de altura a 120 m del punto de despegue.
  • Estar equipado con una función de geoconsciencia que cumpla con la normativa. Es decir, no es necesario que disponga de ella.

Sin embargo, también deberán de cumplir una serie de requisitos adicionales (en concreto 8). Entre ellos destaca el no ser de ala fija, a no ser que esté anclado.

Las 8 condiciones particulares se pueden leer en la parte 16 del texto en cuestión.

Nuevas clases de aeronaves no tripuladas C5

Etiqueta de identificación de clase del UA C5

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CLASE C6:

Las aeronaves de este etiquetado deberán de cumplir los mismos requisitos que las aeronaves de clase C3 a excepción de:

  • Tener una altura máxima alcanzable superior al punto de despegue limitada a 120 m o estar equipado con un limitador de altura a 120 m del punto de despegue.
  • Estar equipado con una función de geoconsciencia que cumpla con la normativa. Es decir, no es necesario que disponga de ella.
  • Estar alimentado exclusivamente con electricidad. Por lo que podrá contar con otras fuentes de alimentación.

Las 8 condiciones particulares se pueden leer en la parte 17 del texto en cuestión.

Nuevas clases de aeronaves no tripuladas C6

Etiqueta de identificación de clase del UA C6

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En EagleDron somos especialistas en drones. Estamos al tanto de todas las novedades y modificaciones en materia de aeronaves no tripuladas, tanto en normativa como en tecnología.

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