AESA reconoce las certificaciones de conocimientos teóricos de piloto a distancia STS junto con las acreditaciones de formación completa de aptitudes prácticas para los escenarios estándar nacionales (STS-ES-01/STS-ES-02), para realizar operaciones NO EASA

 

El pasado día 31 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE la Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

En ella se aprueban los medios aceptables de cumplimiento relativos a la formación y certificación de los pilotos que operen aeronaves pilotadas por control remoto exclusivamente para aquellas actividades excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, artículo 2.3, letra a) e incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1036/2017 (artículo 2.1). Entre ellas: las actividades de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contraincendios, guardacostas o similares.

Según dispone dicha resolución, a partir de ahora y para la realización de las actividades anteriormente citadas, se acepta, entre otras:

Disponer del certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia STS en vigor, expedido por la autoridad competente (AESA) o una entidad designada por la autoridad competente, junto con una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para los escenarios estándar nacionales (STS-ES-01/STS-ES-02), emitidos por una entidad reconocida por AESA (EagleDron).

En conclusión, ahora AESA reconoce la certificaciones antes mencionadas (STS) para realizar actividades no EASA. Por lo que, con ellas, podrás pilotar drones dentro del ámbito de tus competencias para realizar, entre otras, las siguientes operaciones:

  • Actuaciones de policía atribuidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Guardia Civil, Policía Nacional, Policía Local, etc.).
  • Operaciones de lucha contraincendios (Bomberos), de búsqueda y salvamento.
  • Actuaciones de aduanas y de vigilancia del tránsito viario realizadas directamente por la Dirección General de Tráfico.
  • Operaciones realizadas por el Centro Nacional de Inteligencia, entre otras.

AESA reconoce certificados STS para actividades no EASA

Podéis encontrar más información en dicha disposición cuyo enlace os ponemos a continuación.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/31/pdfs/BOE-A-2021-21945.pdf

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